Pegatina ITV
Pegatina ITV
Hola,
Ayer pasé la ITV, mejor dicho me cobraron 35€ para decirme que mi moto no lleva catalizador y que frena de PM, manda hue.. despues de desmontar los faros, ni me miraron la altura de las luces, debe ser que consideraron que las motos no se mueven por la noche y no deslumbran....
El caso es.... ¿donde narices pongo la "preciosa" pegatina.
si no la pongo, ¿me expongo a que algún agente de la autoridad me busque las cosquillitas, y me meta mano al bolsillo?
V'sssss
Ayer pasé la ITV, mejor dicho me cobraron 35€ para decirme que mi moto no lleva catalizador y que frena de PM, manda hue.. despues de desmontar los faros, ni me miraron la altura de las luces, debe ser que consideraron que las motos no se mueven por la noche y no deslumbran....
El caso es.... ¿donde narices pongo la "preciosa" pegatina.
si no la pongo, ¿me expongo a que algún agente de la autoridad me busque las cosquillitas, y me meta mano al bolsillo?
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- torregimeno
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Re: Pegatina ITV
Mucha gente la pone en el chasis, junto a la horquilla arriba, tienes un hueco, ahi no se ve mucho y si te paran se ve bien.
saludos!
saludos!
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Un dia menos para jubilarme
socio club venox nº 240
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Re: Pegatina ITV
Yo nunca la he puesto, y sin problemas... Aunque sí he visto alguna pegata puesta en la botella de la horquilla en la parte del a izquierda...
Eso sí, si te han dado la que se suele colocar en el cristal de los coches, a ver dónde cojones la pones...
Eso sí, si te han dado la que se suele colocar en el cristal de los coches, a ver dónde cojones la pones...

Re: Pegatina ITV
ponla por debajo del guardabarros, así no se ve esa cosa tan fea xD
- gusegusquad
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Re: Pegatina ITV
Atención al último parrafo
Real Decreto 224/2008, de 15 de febrero, sobre normas generales de instalación y funcionamiento de las estaciones de inspección técnica de vehículos.
Artículo 11. Distintivo de inspección técnica periódica.
1. Los vehículos que hayan superado favorablemente la inspección técnica periódica ostentarán en sitio bien visible un distintivo, en el que se señale la fecha en que deben pasar la próxima inspección, cuyo diseño y formato aparece en el anexo III de este Real Decreto.
2. La colocación del distintivo de inspección es obligatoria para todos aquellos vehículos que están sometidos al régimen de inspección técnica periódica.
ANEXO III.
Características y normas de aplicación del distintivo de inspección.
Las características y normas de aplicación del distintivo de inspección, a que se hace referencia en el artículo 11.1 del Real Decreto, son las siguientes:
El distintivo de inspección tendrá el diseño y dimensiones que se indican para la señal V-19 Distintivo de Inspección Técnica Periódica del Vehículo que se establece en el anexo XI del Reglamento General de Vehículos.
El distintivo de inspección debe estar hecho de tal forma que, durante su periodo de validez, sea capaz de resistir las solicitaciones derivadas del servicio del vehículo y no sea posible su reutilización. Los colores del fondo y los de los caracteres se determinarán de acuerdo con el año civil en que caduque el plazo de validez de la inspección. Dichos colores son para cada año los que se indican para la señal V-19.
El número situado sobre el escudo constitucional indica las dos últimas cifras del año de caducidad de la inspección. Los números romanos de la parte superior, que van del I al XII señalan el mes de caducidad de la inspección. El mes que corresponda será perforado con un taladrador que deja una huella circular de 4 milímetros de diámetro.
En la zona lateral izquierda del distintivo se identificará de forma indeleble, mediante caracteres de imprenta preimpresos o mediante máquina de perforar números de cuenta, el número de la estación ITV donde se realizó la inspección. La altura de los caracteres será de 6,5 milímetros.
En el caso de vehículos que tengan parabrisas, el distintivo se colocará en el ángulo superior derecho del parabrisas por su cara interior. La cara impresa del distintivo será autoadhesiva.
En el resto de los vehículos, el distintivo se colocará en sitio bien visible. La cara sin imprimir del distintivo será autoadhesiva.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA. Modificación del anexo XI del Reglamento General de Vehículos, aprobado por Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, para la actualización de la señal V-19 "Distintivo de Inspección Técnica Periódica del Vehículo.
El punto 2 del apartado correspondiente a la señal V-19 DISTINTIVO DE INSPECCIÓN TÉCNICA PERIÓDICA DEL VEHÍCULO, del anexo XI del Reglamento General de Vehículos, aprobado por Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, queda redactado de la siguiente forma:
En el caso de vehículos que tengan parabrisas, el distintivo se colocará en el ángulo superior derecho del parabrisas por su cara interior. La cara impresa del distintivo será autoadhesiva.
En el resto de los vehículos, el distintivo se colocará en sitio bien visible. La cara sin imprimir del distintivo será autoadhesiva.l
La gente suele ponerla en la botella d la barra d horquilla derecha.

Real Decreto 224/2008, de 15 de febrero, sobre normas generales de instalación y funcionamiento de las estaciones de inspección técnica de vehículos.
Artículo 11. Distintivo de inspección técnica periódica.
1. Los vehículos que hayan superado favorablemente la inspección técnica periódica ostentarán en sitio bien visible un distintivo, en el que se señale la fecha en que deben pasar la próxima inspección, cuyo diseño y formato aparece en el anexo III de este Real Decreto.
2. La colocación del distintivo de inspección es obligatoria para todos aquellos vehículos que están sometidos al régimen de inspección técnica periódica.
ANEXO III.
Características y normas de aplicación del distintivo de inspección.
Las características y normas de aplicación del distintivo de inspección, a que se hace referencia en el artículo 11.1 del Real Decreto, son las siguientes:
El distintivo de inspección tendrá el diseño y dimensiones que se indican para la señal V-19 Distintivo de Inspección Técnica Periódica del Vehículo que se establece en el anexo XI del Reglamento General de Vehículos.
El distintivo de inspección debe estar hecho de tal forma que, durante su periodo de validez, sea capaz de resistir las solicitaciones derivadas del servicio del vehículo y no sea posible su reutilización. Los colores del fondo y los de los caracteres se determinarán de acuerdo con el año civil en que caduque el plazo de validez de la inspección. Dichos colores son para cada año los que se indican para la señal V-19.
El número situado sobre el escudo constitucional indica las dos últimas cifras del año de caducidad de la inspección. Los números romanos de la parte superior, que van del I al XII señalan el mes de caducidad de la inspección. El mes que corresponda será perforado con un taladrador que deja una huella circular de 4 milímetros de diámetro.
En la zona lateral izquierda del distintivo se identificará de forma indeleble, mediante caracteres de imprenta preimpresos o mediante máquina de perforar números de cuenta, el número de la estación ITV donde se realizó la inspección. La altura de los caracteres será de 6,5 milímetros.
En el caso de vehículos que tengan parabrisas, el distintivo se colocará en el ángulo superior derecho del parabrisas por su cara interior. La cara impresa del distintivo será autoadhesiva.
En el resto de los vehículos, el distintivo se colocará en sitio bien visible. La cara sin imprimir del distintivo será autoadhesiva.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA. Modificación del anexo XI del Reglamento General de Vehículos, aprobado por Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, para la actualización de la señal V-19 "Distintivo de Inspección Técnica Periódica del Vehículo.
El punto 2 del apartado correspondiente a la señal V-19 DISTINTIVO DE INSPECCIÓN TÉCNICA PERIÓDICA DEL VEHÍCULO, del anexo XI del Reglamento General de Vehículos, aprobado por Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, queda redactado de la siguiente forma:
En el caso de vehículos que tengan parabrisas, el distintivo se colocará en el ángulo superior derecho del parabrisas por su cara interior. La cara impresa del distintivo será autoadhesiva.
En el resto de los vehículos, el distintivo se colocará en sitio bien visible. La cara sin imprimir del distintivo será autoadhesiva.l
La gente suele ponerla en la botella d la barra d horquilla derecha.


Re: Pegatina ITV
A ver si alguien que la lleve puesta cuelga una fotito
, le invito a unas
V'sssss


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Re: Pegatina ITV
Aunque es obligatorio.... yo no la pongo y no he tenido problemas.
En muchos casos la pegatina pega "por dentro" es decir esta diseñada para el cristal del vehiculo y en las motos deberia ser al revés...
Me imagino que por ese motivo no te ponen pegas ...
Saludos
En muchos casos la pegatina pega "por dentro" es decir esta diseñada para el cristal del vehiculo y en las motos deberia ser al revés...
Me imagino que por ese motivo no te ponen pegas ...
Saludos
Re: Pegatina ITV
En ese caso yo no tengo escusas, me han dado la pegatina de moto.
V'sssss
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Re: Pegatina ITV
Ahora ya no hay excusas porque todas las pegatinas de motos son "especiales" y se pueden pegar por la cara no impresa. Casi todo el mundo las lleva pegadas en la horquilla. Por supuesto que es obligatorio llevarla y el no hacerlo es una multa, lo digo de memoria pero lo confirmo más tarde, de... 150€ 

Socio Club Venox nº 201
Re: Pegatina ITV
Bueno, pues efectivamente, esa era la cuantía y digo era porque ahora, por lo menos aquí, desconozco en el resto de ciudades, la competencia para sancionar ese precepto ha pasado de ser de la J.P.T. al Ayuntamiento, con lo cual la cuantía que ponen es de 24€, que por prontopago se quedaría en 12€.
Ya digo, desconozco como funcionan por ahí en otros sitios
Ya digo, desconozco como funcionan por ahí en otros sitios

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